Los INCOTERMS "international commercial terms" que en español quiere decir “Términos de Comercio Internacional” son un conjunto de normas elaboradas por la Cámara de Comercio Internacional que permiten interpretar de manera correcta los términos comerciales de una transacción internacional, como costos y responsabilidades. Son un factor muy relevante e imprescindible en el comercio internacional ya que regulan:
- El alcance del precio
- Quién contrata y paga el seguro
- El lugar de entrega de la mercadería
- Quién contrata y paga el transporte
- Qué documentos tramita cada parte y su costo
- En qué momento y dónde se produce la transferencia de riesgos sobre la mercadería del vendedor hacia el comprador
Estos términos no son siempre los mismos ni se mantienen estables, sino que suelen ir actualizandose (normalmente cada 10 años) para poder mejorarlos con la finalidad de que tengan una mayor y mejor usabilidad, dejando atrás términos que ya no se usan porque tienen unas condiciones poco adaptadas al mercado de hoy en día. Su origen se remonta al año 1936 Actualmente la versión mas reciente fue actualizada en 2020, la cual sustituyó a la del 2010. Los 11 tipos de Incoterms vigentes desde el 1 de enero de 2020 son: EXW, FCA, FAS, FOB, CFR, CIF, CPT, CIP, DPU, DAP, DDP.
EXW (Ex Works / En fábrica)
El vendedor le entrega la mercancía al comprador en sus propios almacenes (los del vendedor), por lo que solo tendrá que ocuparse de embalar la mercancía.
El comprador se encarga de todos los gastos y corre con todos los riesgos desde que recoge la mercancía en el almacén del vendedor. Una vez que sale del almacén, antes de cargarla, el comprador tiene todas las responsabilidades sobre la carga. El seguro no es obligatorio, pero si se contrata corre a cargo del comprador, que es el que asume el riesgo.
FCA (Free Carrier / Libre transportista)
El vendedor entrega la mercancía al comprador en un punto pactado previamente y asume los costes y los riesgos hasta que se entrega la mercancía en dicho punto, incluyendo los costes del despacho aduanero para la exportación. Es decir, el vendedor se encarga del transporte interior y las gestiones aduaneras de exportación, menos si el sitio pactado son las instalaciones del vendedor (FCA almacén), circunstancia en la que se entrega en dicho punto una vez cargada en los medios de transporte dispuestos por el comprador, que es el que asumirá el coste de la carga.
El comprador, como hemos comentado, es el que asume los gastos desde la carga a bordo hasta la descarga, incluyendo el seguro en el caso de contratarlo ya que es la persona que corre con el riesgo a la hora de cargar la mercancía en el primer medio de transporte.
FAS (Free Alongside Ship / Libre al costado del buque)
El vendedor, como su propio nombre indica, entrega la mercancía en el muelle de carga del puerto de origen al lado del buque donde se transportará la mercancía. El vendedor es quien asume todos los gastos hasta la entrega, incluidos los trámites aduaneros de exportación.
El comprador se encarga de la carga mientras vaya a bordo del buque, además de su estiba, flete y demás gastos hasta que se entrega en destino, incluido el despacho de importación y el seguro (si se ha contratado por acuerdo entre las partes, ya que no es obligatorio). Igualmente, asume los riesgos en el momento en que la mercancía se encuentra en el muelle de carga antes de subirla al buque.
FOB (Free On Board / Libre a bordo)
El vendedor corre con todos los gatos y riesgos hasta que la mercancía se sube a bordo del medio de transporte, así como del despacho de exportación y gastos en origen. Por otra parte, también se encarga de contratar el transporte en caso de que corra por cuenta del comprador.
El comprador se encarga de los costes del flete, descarga, trámites de importación, entrega en destino y del seguro en caso de que se haya contratado. Los riesgos se transmiten en el momento en que la mercancía está a bordo.
CFR (Cost and freight/ Coste y flete)
El vendedor se encarga de todos los costes hasta que la mercancía llega al puerto de destino, incluyendo el despacho de exportación, los gastos de origen, el flete y normalmente los gastos de descarga.
El comprador corre con los trámites de importación y el transporte interior hasta el destino. Asume los riesgos desde que la mercancía está a bordo, por lo que suele ser frecuente contratar un seguro, aunque no es obligatorio.
CIF (Cost, Insurance and Freight / Coste, seguro y flete)
El vendedor corre con todos los gastos hasta que la mercancía llega al puerto de destino al igual que el CFR (despacho de importación, gastos en origen, flete y normalmente los gastos de descarga). Además, el CIF requiere de un seguro desde el origen, aunque el riesgo sea transferido al comprador en el momento en que la mercancía está a bordo del buque.
El comprador asume los gastos de importación el transporte interior hasta el destino.
CPT (Carriage Paid To / Transporte pagado hasta)
En el CPT el vendedor corre con todos los gastos hasta que la mercancía se pone a disposición del vendedor en el lugar acordado por las dos partes, lo que supone gastos de origen, despacho de exportación, pago del transporte principal y normalmente, los gastos de destino (p.ej: transporte interior)
El comprador se encarga de los trámites de importación y el seguro en caso de que se contrate. En cuanto al riesgo, pasa a ser del comprador cuando la mercancía se carga en el primer medio de transporte contratado por el vendedor.
CIP (Carriage and Insurance Paid / Transporte y seguro pagados hasta)
El vendedor los gastos corren a su cargo hasta entregar los productos en el destino convenido, es decir, los gastos de origen, despacho de exportación, flete marítimo y el seguro, que en esta ocasión es obligatorio.
El comprador, por su parte, tiene que asumir los trámites de importación y la entrega en destino. El riesgo se traspasa cuando la mercancía se carga en el primer medio de transporte.
DPU (Delivered at place Unloaded / Entregada en lugar descargada)
El vendedor cuenta con los costes y riesgos de todos los trámites de origen, es decir, embalaje, carga, despacho de exportación, flete, descarga en destino y entrega en el punto pactado previamente entre las partes.
El comprador se encarga de todos los trámites del despacho de importación.
DAP (Delivered At Place / Entregado en un punto)
El vendedor se encarga de todos los riesgos y gastos del trato excepto el despacho de importación y los gastos de descarga en destino. Por tanto, el vendedor asume los gastos de origen, el flete y el transporte interior. En caso de que se contrate un seguro sería el vendedor quien asumiese los gastos.
El comprador, por tanto, solo corre con el despacho de importación y los gastos de descarga.
DDP (Delivered Duty Paid / Entregado con derechos pagados)
El vendedor pagará todos los gastos y riesgos que tengan lugar desde el embalaje de la mercancía y su correspondiente verificación en el almacén hasta que los productos lleguen a su destino final, incluyendo los despachos de importación y exportación, flete y seguro en caso de que se contrate.
El comprador solo se encarga de recibir la mercancía y normalmente de su descarga, aunque no es obligatorio que se ocupe él sino que también puede hacerlo el comprador (según acuerdo).
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